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viernes, 27 septiembre, 2024
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Corte Suprema da 2 meses para entregar sumario por muerte de joven enfermera que trabajó en Hito Cajón

A más de dos años del deceso de la joven Betzabeth Kraljevic Navarro, la familia sigue sin conocer los alcances del procedimiento que inició la Seremi de Salud para determinar eventuales responsabilidades. Tuvo que recurrir al máximo tribunal del país, que consideró que el sumario no se ha entregado en un plazo razonable y que se ha incurrido en ilegalidad.

Hasta la Corte Suprema tuvo que recurrir la familia de la enfermera Betzabeth Kraljevic Navarro (25), debido a la demora en la entrega del sumario administrativo que lleva adelante la Seremi de Salud para determinar eventuales responsabilidades por su deceso ocurrido el 7 julio de 2022, cuando prestaba servicios en la aduana sanitaria de Hito Cajón. 

Fue en ese lugar donde la profesional presentó las primeras molestias (taquicardia, dificultades respiratorias y tos con sangrado). Tres días después de manifestar sus dolencias fue trasladada hasta su domicilio, sin ningún protocolo de trabajo en la altura, falleciendo más tarde en el Hospital Regional de Antofagasta, según ha denunciado su familia.

Este año, solamente a través de la Ley de Transparencia la familia supo que el sumario sanitario había terminado. Sin embargo, a más de dos años de que se iniciara el procedimiento, no se ha entregado información al respecto.

Fue bajo este contexto que la familia presentó un recurso de protección en la Corte Suprema en contra de la entonces seremi de Salud, Jessica Bravo, dado que no se ha pronunciado en torno al sumario sanitario que inició el 8 de julio.

Esta acción finalmente fue acogida por el máximo tribunal del país que ordenó, el 17 de septiembre, disponer el término del sumario administrativo dentro del plazo de 60 días.

Desde la Seremi de Salud fundamentaron ante la Corte Suprema que la extensa tramitación del procedimiento tiene relación con la complejidad del asunto, pero el tribunal estimó que “si bien un procedimiento de tal naturaleza puede demorar su tramitación, ello siempre supone plazos razonables, lo que no se advierte en el caso de autos”.

“Que, de esta manera, se ha incurrido en ilegalidad, por contravención de las normas que regulan el sumario administrativo, citadas en el motivo precedente, privando con ello a la actora del legítimo ejercicio de su derecho a la igualdad ante la ley, al brindarle un tratamiento diverso a aquel exigido por el ordenamiento jurídico vigente”, resolvió.

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