Desde la semana pasada, la Comisión 2 hemos escuchado sendas opiniones sobre la Contraloría General de la República. Tales intervenciones, desde el actual Contralor Jorge Bermúdez hasta el anterior Ramiro Mendoza, junto a especialistas en la materia, han abordado si es necesario tener una autoridad unipersonal o el Contralor debería contar con un Comité Asesor Técnico- con quien hablar, en palabras del comisionado Hernán Larraín- y de qué manera sus facultades y recursos son los necesarios para llevar a cabo su cometido.
De manera sincrónica, el asunto de la Contraloría General de la República coincidió con el escándalo de la fundación Democracia Viva, que este medio, denunció ante la opinión pública. Resultó insoslayable para cada intervención de la bancada Republicana, comenzar con la alusión de la mentada corporación, del toda pertinente, pues ponía en el tapete hasta dónde llegaba las prerrogativas de la Contraloría General de la República, creada bajo el gobierno de Carlos Ibañez del Campo, en 1927.
El Anteproyecto Constitucional de la Comisión Experta, destina los capítulos 188 hasta el 192, definiéndola como “un organismo autónomo (que) ejercerá el control de la constitucionalidad y legalidad de los actos de la Administración del Estado y de la Administración regional y local, así como de la probidad en el ejercicio de la función administrativa”, entre sus funciones está (Art.188, b), “Fiscalizar y auditar la legalidad del ingreso, el gasto y la inversión de los fondos del Fisco y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes”.
¿Cubre la Contraloría todos los actos de la Administración del Estado? Se debe a los 2.200 funcionarios que posee, que es bastante poco para una labor esencial de fiscalización de lo que hace el Estado.
En su exposición el Contralor Jorge Bermúdez, el 29 de junio, no solo resaltó la tradición histórica- proviene desde la Colonia- sino el progresivo aprendizaje, ensayando distintos modelos, reparando en las personalidades que ejercieron tan alto cargo de la Administración. Le hice presente que en la galería de nombres, la figura de Héctor Humeres Magnan, simbolizaba la dignidad del cargo, y el carácter unipersonal, pues Humeres ha sido el único Contralor destituido, en diciembre de 1977, cuando se negó a tomar razón del decreto supremo del Gobierno de Augusto Pinochet para realizar la Consulta Nacional en 1978. Lo cuestionó desde el punto de vista legal y constitucional y devolvió el decreto. Aquello le costó su cargo.
Bermúdez, hizo notar en la Comisión, que la función de fiscalizar de la Contraloría “no abarca todo el Estado, sino que se concentra en la actividad de la Administración del Estado”. Lo cual proyectaba una claridad / oscura sobre diversas instituciones que percibían fondos desde el Estado y no podían ser fiscalizados por el Contralor. Una exposición previa del académico Dr. José Luis Lara Arroyo, sobre este órgano autónomo, había hecho la prevención que cuando se habla de fondos del Fisco, se debe entender que la Contraloría se concentra en la fiscalización de la centralidad del Estado dejando otros ámbitos sin esa supervisión. Le hicimos ver que la normativa usaba de modo indistinto, fondos del Fisco, por ejemplo en la Ley 10.336, de julio de 1964, y fondos públicos, en la Resolución 30, de 28 de marzo de 2015. ¿Qué significaba esto, para la CGR? Muy simple: los fondos públicos no se fiscalizan por la CGR y, de esta manera, las Corporaciones quedaban fuera del radar de supervisión. Le formulamos la misma interrogante al Contralor Bermúdez. En su concepto, la interpretación de la Contraloría era que ningún órgano, institución que perciba fondos públicos quedaba sustraída a ser fiscalizada por la Contraloría; no obstante, una resolución podía ser impugnada ante los tribunales, tal interpretación había corrido tal suerte. Una de las argucias de las Corporaciones era indicar que, además de recibir fondos públicos- aquello que el Estado entrega a la Subdere, la Subdere a los Gobiernos Regionales y éstos a las Corporaciones y/o Fundaciones- recibían donaciones privadas, por lo que no eran susceptibles de ser examinadas por la Contraloría.
Ud. lector, estará tan indignado, como yo. Se acaba de saber dos noticias que guardan relación con el asunto que ventilamos. Una información de BotChecker, que de una revisión de 2.378.653 transferencias privadas en los últimos 19 años- entre 2004 al 2023- el Estado ha transferido $ 32.498.159.681.437, o sea, 32 billones cuatrocientos noventa y ocho mil millones de pesos, y como puntualiza 1 billón= 1 millón de millones de pesos.
Las cinco instituciones que más han percibido esta ayuda son: Fundación Integra (2.4 billones); SENCE (794.000 millones); Superintendencia de Seguridad Social (745.000 millones); Corporación Municipal de Viña del Mar para el Desarrollo Social (465.000 millones); Corporación de Educación y Salud de Las Condes (460.000 millones).
Y esto nos lleva a examinar que hay instituciones, cuyos propósitos, realmente se cumplen y dan confianza, como otros, donde un velo de duda se cierne sobre sus finalidades y, peor, engañando a sus eventuales beneficiados. La mentada Fundación Democracia Viva, que puso en la palestra a nuestra querida ciudad en los titulares de los medios de comunicación, figura en el puesto 5.511.
La segunda noticia, ha sido revisar todos los convenios- distinguiendo la paja del trigo- y la conformación por parte del Presidente de la República, de una Comisión de la Probidad y la Transparencia, este lunes 3, para enfrentar el escándalo surgido en Antofagasta y que se ha replicado en otras regiones. Una necesidad para no dañar a las instituciones que, de modo honesto y reconocido por la ciudadanía, han colaborado con el Estado, mediante el principio de subsidiariedad.
Ramiro Mendoza, ex Contralor, en su maciza exposición del día 6 de julio, hizo notar que los organismos análogos en el mundo anglosajón, son ocupados no por los abogados, por lo que criticó el artículo 189 del Anteproyecto que asocia al Contralor con la profesión de abogado.
Concluyamos, apostillando que, al igual que la Contraloría ha ido progresando en el tiempo- por ejemplo, con las Contralorías Regionales- las personas que se juntan para hacer fraude al Estado, también han evolucionado: desde el pillo, que el Diccionario de Chilenismos de Zorobabel Rodríguez, de 1875, señalaba su procedencia del mapuche para significar pícaro, bribón; pasamos al eufemismo de pillín y su función al interior del Estado: “no me dé, póngame donde haiga”, hasta llegar a la desfachatez del cara de raja.