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martes, 22 octubre, 2024
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La Superintendencia del Medio Ambiente cursó la multa

Aplican millonaria multa contra ATI por incumplimiento de obligaciones ambientales: hechos se remontan al 2015

La multa asciende a 1.237 UTA, equivalente a más de $959 millones, por la configuración de dos infracciones -una grave y una leve- luego de constatar cumplimiento parcial a la medida urgente transitoria que ordenaba la limpieza de calles y veredas de la zona urbana aledaña al Puerto de Antofagasta, y por la recepción, acopio y embarque de concentrados de cobre superando las toneladas autorizadas en su RCA.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sancionó con una multa de 1.237 Unidades Tributarias Anuales -equivalentes a casi $960 millones- a Antofagasta Terminal Internacional S.A., titular del proyecto “Recepción, Acopio y Embarque de Concentrados de Cobre” evaluado ambientalmente a través de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°177/2012. Esto, por incumplimientos a las obligaciones establecidas en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), y por cumplir parcialmente una medida urgente transitoria (MUT) ordenada contra la empresa, que establecía la limpieza de calles y veredas de la zona urbana aledaña al Puerto de Antofagasta.

Cabe recordar que en julio de 2018 la SMA inició un procedimiento sancionatorio que imputó el cumplimiento parcial de las medidas urgentes y transitorias (MUT) ordenadas mediante Res. Ex. N°645, de 6 de agosto de 2015. Así, luego de la realización de diligencias en terreno, entre ellas, inspecciones y exámenes de información, se pudo constatar que las labores de limpieza fueron ejecutadas fuera del plazo establecido por la Superintendencia. La multa aplicada es de 237 UTA.

Asimismo, se aplicó una sanción respecto la infracción número cuatro -clasificada como leve- de este procedimiento sancionatorio debido a que fue posible determinar que la empresa embarcó 439.580 toneladas de concentrado de cobre desde el Galpón RAEC, superando las 380.000 toneladas autorizadas para ese año. La multa aplicada es de 1.000 UTA.

Finalmente, la multa debe ser pagada directamente en la Tesorería General de la República. En caso de que la empresa resuelva impugnar la resolución sancionatoria, puede presentar un recurso de reposición ante la propia SMA en el plazo de 5 días hábiles, o bien, tiene 15 días hábiles para interponer un reclamo de ilegalidad ante el Primer Tribunal Ambiental.

Respuesta de ATI

Por su parte, Antofagasta Terminal Internacional (ATI) informó que está evaluando los alcances de la resolución informada por la Superintendencia de Medioambiente (SMA) para determinar los pasos a seguir.

Además, a través de una declaración pública, la empresa recordó que el procedimiento corresponde a situaciones observadas por la autoridad en 2015, que tienen relación con aspectos de forma:

    • El terminal cumplió con las limpiezas ordenadas demostrando que la cantidad de polvo disminuyó, una vez que la Corte Suprema se pronunció sobre el recurso interpuesto por ATI, proceso que provocó que estas se hicieran fuera del plazo originalmente establecido.
    • Respecto de las toneladas, el terminal operó de buena fe considerando las toneladas respecto de un año calendario. ATI informó que está evaluando el criterio aplicado por la autoridad para definir las toneladas autorizadas.

ATI, también señaló que desde el 2018 todas las transferencias de concentrado de cobre se hacen por sistemas herméticos: RAEC, contenedores de volteo, vagones de tren sellados y camiones de tapas especiales, año en que la SMA fiscalizó por última vez la operación «ratificando que sus operaciones se ajustan a los permisos ambientales con los que cuenta. Junto con eso, el terminal cuenta con una serie de certificaciones como lo es el Acuerdo de Producción Limpia (APL) que avala el estándar y el compromiso de ATI con una operación sostenible», concluyó la empresa.

 

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