La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Hospital Regional Dr. Leonardo Guzmán y a la clínica Más Visión a pagar solidariamente la suma total de $50.000.000 de indemnización por daño moral por la falta de servicio que provocó la pérdida del ojo derecho de un paciente.
De esta forma, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Eric Sepúlveda Casanova y el abogado (i) Álvaro Tello Núñez– revocó la sentencia impugnada, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta, que había rechazado la demanda interpuesta.
“(…) existió falta de servicio de parte del Hospital Regional de Antofagasta, pues no dio respuesta de atención al paciente durante un largo período, y solo atendió su requerimiento al haberse presentado un reclamo ante Fonasa, activando entonces un protocolo de atención tardío, respecto de una patología GES que estaba obligado a darle atención y cobertura”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “Existió también falta de servicio de parte de la demandada Clínica Oftalmológica Más Visión, pues habiéndose radicado en ella la obligación de efectuar la operación respectiva para extraer la silicona del ojo del paciente, no lo hizo; como tampoco realizó algún seguimiento de la evolución de su estado de salud, en circunstancias que debió hacerlo, ya que en dicha clínica se efectuó la operación consistente en vitrectomía que incluye inyección de silicona, y la clínica solo se limitó a dar el alta e indicarle al paciente que la silicona debía extraerse antes de seis meses, no realizando ningún seguimiento posterior”.
“(…) los actores efectivamente padecieron el daño moral cuyo resarcimiento demandan y que él es consecuencia directa del proceder negligente y descuidado a que fueron sometidos por los demandados, verificándose el perjuicio tanto en el actor (…), quien sufrió la pérdida total de su ojo derecho; como también se verifica el daño en la demandante (…), cónyuge y compañera de vida del actor, quien lo acompañó en todos los trámites y procedimientos que tuvieron lugar a raíz de estos acontecimientos”, concluye.
Por tanto, se resuelve que: “SE REVOCA, con costas, la sentencia apelada de veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós, pronunciada por el Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta y, en su lugar, se declara que se acoge la demanda deducida por la abogada Camila Alejandra Gómez Vidal, en representación de (…) y de (…), en contra del Hospital Regional Dr. Leonardo Guzmán de Antofagasta y de la Clínica Oftalmológica Más Visión, actualmente Servicios Oftalmológicos Limitada; y se condena solidariamente a los demandados a pagar al demandante (…), por concepto de daño moral, la suma de $30.000.000 (treinta millones de pesos) y la cantidad de $20.000.000 (veinte millones de pesos) a la demandante (…); rechazándose en lo demás la referida demanda”.