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viernes, 22 noviembre, 2024
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Restaurant Panda siguió funcionando pese a suspensión por trata de personas

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En una nueva visita inspectiva de la Dirección del Trabajo al restaurante de tenedor libre Panda, se pudo constatar que la medida de suspensión fue vulnerada, encontrándose cuatro trabajadores extranjeros en su interior, quienes fueron empadronados por el organismo fiscalizador.

Al lugar también se hizo presente la Gobernación de Antofagasta y la Policía de Investigaciones (PDI). El director regional del Trabajo, Rubén Gajardo, precisó que fueron sorprendidos violando la suspensión de labores y al constituirse en el lugar se verificó la existencia de trabajadores realizando funciones propias del rubro, detectándose hornos encendidos y otras pesquisas que evidenciaron el hecho. Añadió que “al momento del ingreso de los fiscalizadores el dueño cerró las puertas impidiendo la labor fiscalizadora, nuevamente se repitieron las actitudes ilícitas de los días anteriores, como tratar de sacar trabajadores por puertas laterales, por lo que dispusimos de gente para evitarlo y nuevamente el dueño trató de huir”.

Ante la acción adoptada por el dueño del restaurante identificado como Y.W, debió acudir nuevamente Carabineros, ya que luego de 20 minutos recién permitieron el ingreso de las autoridades del Trabajo.

En este sentido, el seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas, fue enfático en señalar que se tomarán acciones judiciales ante los tribunales laborales a través de la Dirección del Trabajo, ya que “pudimos ser testigos de que habían trabajadores encerrados por un lapso de 20 minutos, por lo cual ese hecho atenta contra los derechos fundamentales, al igual que las cámaras de vigilancia que apuntan hacia los puestos de trabajo y comedores”.

La Gobernadora Provincial de Antofagasta, Fabiola Rivero, acudió de inmediato al Panda una vez que los fiscalizadores de la Dirección del Trabajo se percataran de la situación y explicó que “Nuevamente estamos en presencia de una grave restricción de la libertad de las personas. Un empleador bajo ninguna circunstancia puede prohibir el libre tránsito de sus trabajadores, por lo tanto, esto puede ser constitutivo de tres delitos, como son la falta de coacción, amenaza o derechamente secuestro. Ya que los minutos que expresaba el seremi del Trabajo fueron los que ellos pudieron visibilizar como testigos, pero claramente luego de la fiscalización nos hemos dado cuenta que estaban hace mucho rato en el interior del local”.

Respecto a este tipo de situaciones, Rivero, añadió que “nosotros como Gobierno nos tenemos que preocupar en primer lugar de la prevención, en segundo lugar de la detección y en tercer lugar de la protección de las víctimas, eje fundamental en el trabajo que se está iniciando”.

El hecho de vulnerar la suspensión decretada por la Dirección del Trabajo, significa la aplicación de nueva multa y se suma a las otras diez infracciones cursadas.

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