Este jueves fue publicada en el Diario Oficial la nueva resolución que libera la bajada de vehículos menores y medianos de transporte de pasajeros hacia Antofagasta por la Ruta 26, que conecta con la Av. Salvador Allende.
Vale recordar que tras un accidente fatal ocurrido en la mencionada avenida, el 12 de octubre la Seremi de Transportes prohibió la circulación de todo tipo de vehículos desde el kilómetro 4.5 de la Ruta 26 hasta el límite urbano de Antofagasta.
Luego, el 26 de octubre, fijó horarios para el ingreso de vehículos menores debido a los problemas que generó la medida para los escolares, adultos mayores y familias que necesitaban ingresar a la capital regional por la Ruta 26.
Esta última restricción no va más. En la publicación del Diario Oficial, Transportes señala que “tras la implementación de esta medida, con los controles y fiscalización correspondientes, es posible observar que las circunstancias que motivaron la prohibición inicial han variado significativamente”.
Menciona además la implementación de un pórtico de control gálibo de tres metros de altura que, en principio, permite regular el flujo vehicular en la zona e impedir el paso de camiones y buses que acceden por la Ruta 26 a Av. Salvador Allende.
Por lo anterior, se explica en el texto, “se ha determinado excluir de la prohibición de circulación establecida en la Ruta 26, en el sentido oriente al poniente, a partir del kilómetro 4.5 hasta el límite urbano de la ciudad de Antofagasta, a los vehículos menores y medianos de transporte de pasajeros, manteniendo únicamente las restricciones para los vehículos buses tipo Pullman, clasificados de acuerdo a la resolución exenta Nº 98, de 1986, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y camiones de todo tipo, de peso bruto vehicular sobre 3.86 toneladas”.
Lo anterior, se justifica, “con el propósito de conciliar las nuevas condiciones de la ruta con las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la fluidez del tráfico, lo que permitirá abordar de manera específica y focalizada los riesgos más relevantes, minimizando al máximo los riesgos para la vida e integridad de la población”.
“Que, la resolución exenta Nº 1.165 en su numeral sexto del resuelvo, dispone un horario para que los vehículos livianos y de 17 asientos o menos puedan circular en dirección al poniente; medida que debe dejar de ser aplicada, toda vez que el control de pórtico de gálibo de tres metros de altura permite a los vehículos con una dimensión inferior puedan circular”, profundiza.
Que habiliten el acceso de Costanera Sur, haciendo cumplir las clausulas contractuales suscrita por la emp4sa contratista, perfecta desconocida y protegida por nuestros politiqueros de la zona, Trabajos que antes de terminarlos y entregarlos para su uso, han debido repararse.