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sábado, 7 septiembre, 2024
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Defensoría Penal Pública

DPP apunta a modificación que impide expulsiones de extranjeros frente a sobrepoblación penal en Antofagasta

El jefe de la Defensoría Penal Pública en la región, Ignacio Barrientos, señaló que en el 2022 hubo cambios en la ley de Migración y Extranjería que terminaron con las expulsiones judiciales para delitos como tráfico con condenas hasta cinco años y un día. “Hay personas que tienen penas sustitutivas por estos ilícitos y simplemente quedan en la cárcel cumpliendo la pena. Podría decirse que no son tantos, pero la mayor parte de los delitos que daban lugar a la expulsión judicial eran los de tráfico”, advirtió el abogado.

El jefe regional de la Defensoría Penal Pública (DPP), Ignacio Barrientos, explicó que la posibilidad de la expulsión judicial sin ninguna restricción y aplicable a todo tipo de delitos fue restringida en el 2022, situación de la que ahora vemos sus efectos en el número de la población penitenciaria en las cárceles del norte del país. El abogado sostuvo que ese año entró en vigor la ley de Migración y Extranjería que introdujo una modificación a la ley 18.216, que contempla las penas sustitutivas a la privación de libertad, como la remisión condicional, la libertad vigilada, la reclusión parcial y respecto de los extranjeros, la expulsión.

Ese cuerpo legal en vigencia desde febrero del 2022 incluyó una norma que modificó el artículo 34 de la ley 18.216, el que se refería precisamente a las expulsiones judiciales para quienes eran condenados a penas que no superaban los cinco años y un día.

“Pero esta modificación excluyó en determinados delitos la posibilidad de penas sustitutivas de expulsión judicial y son los de la ley 20.000, el tráfico en cualquiera de sus modalidades, crímenes, simple delito o falta. También el contrabando, la trata de trata personas y tráfico de migrantes. Esto quiere decir que quienes antes podían ser llevados a un proceso penal, formalizados, acusados y tenían la posibilidad de optar a una pena sustitutiva de expulsión judicial para enviarlos a sus países o a la frontera, ahora con la modificación no es aplicable en los delitos mencionados”, precisó el defensor regional.

El año pasado, la Asociación de Gendarmes de Chile provincial El Loa Calama informó que el pabellón 7 del penal de calameño, el que recibe a los extranjeros, tenía tales niveles de hacinamiento que era como estar frente a una cárcel de Filipinas. La razón era el aumento en el ingresos de imputados que colapsó ese módulo que cuenta con una capacidad máxima de 80 internos, pero en ese momento tenía 113. La unidad de El Loa en general cuenta con una capacidad que ronda los 300 internos, sin embargo, registraba 475.

“Tenemos un problema con el aumento de la población penal en los últimos dos meses, subiendo al triple la cantidad de ingresos. Lo más delicado es el alza de los imputados de nacionalidad boliviana, porque antes llegaban uno o dos internos, pero ahora son de cinco a siete. Por ejemplo, este fin de semana tuvimos 12 ingresos. En un mes registrábamos 15, pero ahora son 50, es más del triple”, declaró en abril del año pasado el dirigente César Ramírez.

Los cambios realizados en el 2022, agregó el defensor, implican que hay personas que tienen penas sustitutivas por los ilícitos indicados y simplemente ahora quedan en la cárcel cumpliendo la sentencia. “Podría decirse que no son tantos, pero la mayor parte de los delitos que daban lugar a la expulsión judicial eran los delitos de tráfico. Un estudio de la Unidad de Estudios de la Corte Suprema da cuenta de cómo desde el 2021, 2022 y 2023 esas cifras de expulsiones judiciales fueron bajando, porque claramente había delitos que eran los que más daban lugar a la expulsión, pero ya no se puede aplicar”, subrayó.

Barrientos manifestó que esta situación la han evidenciado distintos centros de estudios que muestran impacto que este cambio legal ha tenido en la generación de sobrepoblación penitenciaria en las regiones, especialmente las del norte. “Se trata del impacto de una norma legal en el crecimiento de la población penitenciaria en nuestra región”, aseguró.

Sobrerrepresentación carcelaria

La cifra de personas con nacionalidad diferente a la chilena que están recluidas en las cárceles de Antofagasta lleva a una sobrerrepresentación de la población extranjera asociada a la comisión de delitos. Así lo considera el jefe de la DPP, quien explicó que si bien este grupo alcanza el 44% de quienes están privados de libertad en esta zona, al comparar ese número con la población total de extranjeros, solo representa el 3%.

“Eso nos deja afuera a 105.000 personas que no tuvieron ninguna imputación penal en la región, a lo que habría que añadir las causas que no resultaron culpables de las imputaciones. Estas 105.000 personas reciben un trato, en algunos casos, que no es el adecuado en muchos sectores de la sociedad”, cuestionó el defensor. Además, en este contexto, Barrientos detalló que una modificación de la ley migraciones impide que desde el 2022 se realicen expulsiones judiciales que antes se ejecutaban en delitos como el tráfico de drogas y el contrabando, lo que incide en la sobrepoblación penal que muestran los recintos carcelarios en el norte del país.

El defensor regional manifestó que el año pasado, de acuerdos a los registros de la DPP que representan un 90% del total de causas que llegan al Tribunal de Garantía, atendieron a 12.613 personas. De ese grupo, 8.985 eran chilenas y 3.628 tenían una nacionalidad distinta. En términos de porcentaje eso equivale a un 71,2% de ciudadanos chilenos y 28,8% extranjeros.

El primer semestre de este año, la Defensoría atendió a 1.631 usuarios, lo que coincide con el 28,8% del año pasado y de esas 1.631 personas hay 436 en prisión preventiva. Al comparar el porcentaje de extranjeros privados de libertad en relación con los nacionales en esa misma condición alcanza el 44,2%.

Barrientos indicó que el año pasado de las 3.628 personas extranjeras imputadas atendidas por la DPP, no todas terminaron con sentencia condenatoria. Si a esos 3.628 suman el 10% de quienes no llevan sus casos con la Defensoría, llega a 3.900 personas.

“En relación con la población estimada por el Servicio Nacional de Migraciones, que en la región es de unas 109.000 personas, eso equivale a un 3,6% del total de extranjeros en Antofagasta que recibieron una imputación penal durante el año 2023. Eso nos deja afuera a 105.000 personas que no tuvieron ninguna imputación penal en la región, a lo que habría que añadir las causas que no resultaron culpables de las imputaciones. Estas 105.000 personas reciben un trato, en algunos casos, que no es el adecuado en muchos sectores de la sociedad”, señaló.

Lo peligroso para el defensor es que prácticamente existe una asociación de la categoría de migrante con la de delincuentes, algo contra fáctico, que está apoyado por los datos objetivos. Si bien se reconoce que hay extranjeros que cometen delitos y algunos participan en hechos graves, agregó el profesional, esa no es la generalidad de toda la población migrante en el país, algo que está respaldado por cifras.

“A eso nos referimos con que hay una sobre representación de extranjeros en las cárceles de la región de Antofagasta y esto tiene varias razones que tienen que ver con modificaciones legales y también con factores, como, por ejemplo, una mayor posibilidad de que se decrete la prisión preventiva respecto a extranjeros por la falta de arraigo o incluso la situación migratoria en algunos casos influye”, afirmó.

Discusión

El defensor regional expuso que desde su rol técnico creen que lo primero a entender es que el derecho penal no debe ser usado siempre como sinónimo de castigo, porque tienen la posibilidad de otras alternativas. Así está diseñado el sistema de justicia, dijo, no todas las causas penales terminan en una sentencia condenatoria, hay opciones como la salida alternativa, el acuerdo reparatorio, la decisión de no perseverar o el principio de oportunidad.

“El derecho penal no se puede agotar en una sanción y hoy incluso se está hablando de la mediación penal. Lo segundo es que, una vez aplicada una pena, hay que destacar la función de ésta, que, de acuerdo con el sistema interamericano, es la rehabilitación de la persona condenada. Esto va en sintonía con lo que señalamos, que es los esfuerzos estatales también en materia de seguridad deben incidir en la reinserción social. La cárcel no puede ser un vertedero de personas, no puede ser que las llevemos para que cumplir una pena privadas de libertad sin que otorguemos reales posibilidades para que se reinserten socialmente. Eso supone generar programas y el derecho penal debe apuntar hacia allá”, remarcó el defensor regional.

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