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martes, 3 diciembre, 2024
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La nueva ley contra el crimen organizado

"El propio Ministerio Público: el Tren de Aragua, el Cartel de Sinaloa o Jalisco Nueva Generación, tres de las bandas criminales más peligrosas de América, ya están en Chile. De ahí que la reciente promulgación de la nueva ley contra la delincuencia organizada que aprobamos en el Senado sea crucial para hacer frente a la realidad cada vez más compleja de la nuevas amenazas delictuales": Senadora Paulina Núñez (RN)

La grave crisis de seguridad que tiene nuestro país ha conllevado no solo un incremento sustantivo de los delitos, sino también, de la capacidad de organización criminal y de su poder de fuego. Ya lo ha reconocido el propio Ministerio Público: el Tren de Aragua, el Cartel de Sinaloa o Jalisco Nueva Generación, tres de las bandas criminales más peligrosas de América, ya están en Chile. De ahí que la reciente promulgación de la nueva ley contra la delincuencia organizada que aprobamos en el Senado sea crucial para hacer frente a la realidad cada vez más compleja de la nuevas amenazas delictuales. Para ello, la reciente normativa contiene una serie de innovaciones muy relevantes a saber.

En primer lugar, moderniza la regulación distinguiendo entre las asociaciones delictivas y las asociaciones criminales de acuerdo con la gravedad del delito cometido, definiendo estas últimas como toda organización formada por tres o más personas, con acción sostenida en el tiempo, que tenga entre sus fines la perpetración de hechos constitutivos de crímenes. Sus líderes, sin perjuicio de la pena por el delito cometido, tendrán penas de hasta 10 años de cárcel. Del mismo modo, se establece normas de protección de testigos. Recordemos que, como lo ha señalado la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, “la capacidad de un testigo de prestar testimonio en un marco judicial o de cooperar con las investigaciones destinadas a hacer cumplir la ley sin miedo a sufrir intimidaciones ni represalias es decisiva para mantener el Estado de Derecho”.

En tal sentido, se establecen penas de hasta 5 años de cárcel a quienes amenacen a testigos para prestar declaraciones o los fuercen a prestar declaraciones falsas, se posibilita también el cambio de identidad, la protección policial, entre otros. Asimismo, se consagra una fuerte regulación respecto del comiso de los bienes y de las ganancias de las organizaciones.

Por otro lado, se incorporan una serie de incentivos vinculados a la pena para que uno o más integrantes de las asociaciones delictivas o criminales revelen a la autoridad la existencia de la asociación, sus planes y propósitos o la identidad de sus miembros. De igual manera, se incorporan y mejoran técnicas especiales de investigación como agentes encubiertos, agentes reveladores e informantes. En simple, se mejora sustantivamente las herramientas para la persecución de la delincuencia organizada. Así las cosas, esta nueva regulación contra el crimen organizado, viene a actualizar y perfeccionar sustantivamente la actual normativa, esperando que sea un factor decisivo para desarticular las organizaciones delictivas y criminales que día a día producen temor y terror en las familias del país.

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