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martes, 1 abril, 2025
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Tribunales

Municipalidad de Antofagasta deberá pagar millonaria indemnización al Serviu por paralización de obras de Av. Ejército

El 4° Juzgado Civil de Antofagasta estableció que la casa consistorial exigió un permiso de urbanización improcedente que paralizó el proyecto, ordenándole pagar un total de $458 millones al organismo público.

Un total de $458.305.984 por concepto de daño emergente deberá pagar la Municipalidad de Antofagasta al Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) de la región, debido a los costos que este último debió asumir tras la paralización de las obras en la avenida Ejército, en el tramo entre Homero Ávil y Ruta 26. Así lo ordenó Cuarto Juzgado Civil de la ciudad luego de acoger la demanda interpuesta por el organismo público.

En el fallo, la magistrada Susana Tobar Bravo condenó al municipio por falta de servicio, tras dar por acreditado que paralizó el proyecto, en marzo de 2020, al exigir un permiso de urbanización improcedente.

“(…) ha sido acreditado que el atraso en la programación original del proyecto de autos se debió a que, iniciada la ejecución de las obras, funcionarios de la municipalidad de Antofagasta paralizaron estas, exigiendo requisitos a Serviu y empresa constructora, en contravención a las normas legales vigentes y a sus actos propios, lo que no puede sino ser calificado como una conducta negligente, o constitutiva de falta de servicio, atendidos los conocimientos y la calidad técnica que deben ostentar los funcionarios municipales que intervinieron en la etapa de diseño y ejecución de la obra denominada ‘Mejoramiento Avenida Ejército entre H. Ávila y Ruta 28, Antofagasta’”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “(…) la reprogramación de obras y aumento de plazos, con las consecuencias económicas asociadas, esto es, la generación de gastos generales, que legalmente y conforme a lo pactado, se encuentra obligado pagar Serviu Antofagasta a la empresa constructora del proyecto de autos, fueron consecuencia de la postura persistente de funcionarios de la municipalidad demandada consistente en exigir un permiso de urbanización improcedente y desconocer las autorizaciones de proyectos de especialidades aprobados previamente”.

“(…) la circunstancia que los perfiles del proyecto no cumplían con el instrumento de planificación territorial vigente, debía haber sido advertida y corregida al momento en que se invitó a la municipalidad a participar en el diseño del proyecto, en el transcurso de los años 2015, 2016 y 2017 (según dan cuenta los ordinarios Nros. 4007, 0961, 1487, 2106, 3644, 3296 y 4015 de Directora de Serviu Antofagasta), acompañados por la demandante en folio 47, lo que no hizo, y por el contrario, aprobó con fecha 15 de diciembre de 2016 el proyecto de paisajismo, según da cuenta Ord. N° 1678/2016 de la alcaldesa de la comuna. Al respecto, resulta contrario a los propios actos de la municipalidad que posteriormente, y una vez en etapa de ejecución del proyecto, aduzca una afectación a las áreas verdes incluidas en terrenos del proyecto, como manifestara el director de obras en DOM/Oficio N° 403/2022, de fecha 19 de octubre de 2022, ya detallado”, añade.

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