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viernes, 21 febrero, 2025
Tribunales

Prisión preventiva para conductora que protagonizó fatal accidente en estado de ebriedad en Antofagasta

Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la medida cautelar contra la conductora que el pasado 9 de febrero impactó de frente a otro vehículo que se desplazaba por la costanera sur de la ciudad, provocando la muerte de dos personas.

La Corte de Antofagasta desestimó ayer el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución que dejó sujeta a la medida cautelar de prisión preventiva a M.C.I.T.M, imputada por el Ministerio Público como autora del delito consumado de manejo en estado de ebriedad sin contar con licencia, con resultado de muerte y lesiones graves. Ilícito perpetrado el domingo de la semana antepasada en la costanera sur de la ciudad.

Nota relacionada | Tras colisión frontal: 2 fallecidos dejó accidente en la costanera sur de Antofagasta

En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Virginia Soublette Miranda, Jaime Rojas Mundaca (votó en contra) y el abogado (i) Fernando Orellana Torres– confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, al compartir que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

“Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos del juez a quo, en orden a encontrarse acreditado en forma suficiente, de acuerdo al estándar probatorio que exige una medida cautelar, los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en particular en cuanto al hecho punible por lo expresado por la facultativa que prestó las primeras atenciones a la imputada y lo que consignó respecto de su sintomatología clínica, en especial cuando indica que si bien presentaba un lenguaje fluido, este era poco coherente y traposo, dando cuenta de sus reacciones físicas y motoras deficientes, concluyendo como grado clínico 2, a lo que se une el informe preliminar de la SIAT en que se da cuenta que la referida se negó a practicar la prueba respiratoria de medición de alcohol”, consigna el fallo.

La resolución agrega que: “Respecto a la necesidad de cautela, la medida cautelar decretada se encuentra justificada en cuanto la multiplicidad de resultados, los bienes jurídicos protegidos, a la conducción sin licencia por parte de la imputada y a la gravedad de la pena a imponer, todo lo cual constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”.

Según el ente persecutor, en horas de la madrugada del 9 de febrero de 2025, la imputada conducía en estado de ebriedad y sin licencia de conducir, y al llegar a la intersección de la avenida Grecia con Avelino Contardo de la ciudad de Antofagasta, perdió el control del automóvil, traspasó el eje de la calzada e impactó de frente a un vehículo que circulaba en sentido contrario, causándoles la muerte en el lugar a sus dos ocupantes. Además, las tres acompañantes de la imputada resultaron con lesiones graves.

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