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jueves, 7 noviembre, 2024
Tribunales

Sujeto es condenado a 13 años de cárcel por disparar a carabinero durante procedimiento en Antofagasta

Imputado, de nacionalidad chilena, fue hallado culpable de homicidio frustrado y porte de arma de fuego prohibida.

Una pena total de 13 años y 5 meses de presidio efectivo, consiguió la Fiscalía de Antofagasta para un ciudadano chileno, de 36 años, como autor del delito de homicidio frustrado en contra de un funcionario de carabineros en servicio.

Según se expuso durante el juicio oral, la madrugada del 10 de mayo del 2023, personal de Carabineros que realizaba patrullajes en calle Luis Carrasco de la ciudad, sorprendió al acusado, Leandro Patricio Ugarte Arriagada, portando en una de sus manos un arma que parecía ser de fuego, pero al intentar controlarlo, éste se dio a la fuga, siendo seguido a pie por dos uniformados.

Al llegar a calle Raúl Cisternas con el pasaje Río Salado, uno de los policías logró dar alcance al sujeto, quien inicia un forcejeo con el carabinero, cayendo ambos al suelo. Es en ese momento que Ugarte percuta un disparo dirigido a la cabeza del policía, el cual afortunadamente no logró lesionarlo, toda vez que el funcionario desvió el cañón del arma. Acto seguido, llegó el otro carabinero al lugar y entre ambos logran reducirlo.

Según se pudo determinar con posterioridad, el arma con el cual el imputado apuntó y disparó en contra del carabinero correspondía a una pistola de fogueo marca Bruni, adaptada para munición convencional, la que, además, mantenía en su cargador dos municiones a fogueo modificadas como munición convencional.

Durante el registro, además se constató que el imputado vestía un chaleco antibalas sin marca y portaba otra pistola de fogueo sin munición.

Luego de conocer la prueba reunida por la Fiscalía de Antofagasta, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal impuso a Ugarte Arriagada la pena de 10 años y un 1 día de presidio mayor en su grado medio, como autor del delito de homicidio frustrado a carabinero en ejercicio de sus funciones, a lo que se agregan 3 años y 5 meses de presidio menor en su grado máximo por el delito consumado de porte de arma de fuego prohibida.

El fallo establece que, atendido el quantum de las penas impuestas, una vez ejecutoriada la sentencia, éstas no serán sustituidas por ninguna de las contempladas en la Ley 18.216, registrando como abono los días que el condenado ha permanecido en prisión preventiva por esta causa.

Producida la lectura de sentencia, los intervinientes disponen de un plazo para recurrir en contra la resolución del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

 

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